Formación o Cursos de Espacios Confinados
Conforme al Capítulo 4 de la Resolución 491 de 2020 la formación a trabajadores que realicen actividades en espacios confinados está dada según la función a realizar, deben ser formados para obtener su respectivo certificado:
- Responsables del Diseño y Administración del Programa de Gestión para Trabajo en Espacios Confinados.
2. Trabajadores Entrantes en Espacios Confinados.
3. Vigías de Seguridad para Trabajo en Espacios Confinados.
4. Supervisores de Trabajo en Espacios Confinados.
5. Entrenadores de Trabajo en Espacios Confinados.
6. Formadores de Entrenadores para Espacios Confinados. - Aprendices del Sena y las Instituciones de Educación Superior, Técnica, Tecnológicas y Educación para el Trabajo y Desarrollo Humano, cuando la práctica implique riesgo de espacios confinados
- Responsables del Diseño y Administración del Programa de Gestión para Trabajo en Espacios Confinados.
Dirigido al personal Responsables del Diseño y Administración del Programa de Gestión para Trabajo en Espacios Confinados o personas que tomen decisiones administrativas en relación con la aplicación de la Resolución 491 de 2020.
Intensidad horaria: Ocho (8) horas teóricas.
La formación puede ser virtual o mixta.
Si va ingresar a un espacio confinado debe además contar con la Certificación de Trabajador Entrante.
Actualización: Cada tres (3) años, o cuando cambie el personal de actividad o cargo y/o se presente una actualización tecnológica.
- Trabajadores Entrantes en Espacios Confinados.
Formación dirigida a trabajadores que desarrollan actividades de tipo operativo para la ejecución de trabajo en espacios confinados.
Intensidad horaria: 16 horas – 40% teóricas,
Pueden ser presenciales, virtuales o mixtas y
60% horas prácticas deben ser presenciales.
Actualización: Cada tres (3) años, o cuando cambie el personal de actividad o cargo y/o se presente una actualización tecnológica.
- Supervisores de Trabajo en Espacios Confinados.
Formación dirigida a trabajadores encargados de supervisar el desarrollo de las actividades de tipo operativo para la ejecución de trabajo en espacios confinados.
Intensidad horaria: 20 horas – 40% teóricas,
Pueden ser presenciales, virtuales o mixtas y
60% horas prácticas deben ser presenciales.
Actualización: Cada tres (3) años, o cuando cambie el personal de actividad o cargo y/o se presente una actualización tecnológica.
- Vigías de Seguridad para Trabajo en Espacios Confinados.
Formación dirigida a trabajadores encargados de verificar condiciones de ingreso y el monitoreo de las operaciones de entrada a espacios confinados.
Actualización: Cada tres (3) años, o cuando cambie el personal de actividad o cargo y/o se presente una actualización tecnológica.
Intensidad horaria: 8 horas – 40% teóricas,
Pueden ser presenciales, virtuales o mixtas y
60% horas prácticas deben ser presenciales.
Quien puede dar la formación de trabajo en espacios confinados.
Formación para administrador del programa de trabajo en espacios confinados, trabajador entrante en espacios confinados, vigía de seguridad para trabajo en espacios confinados y supervisor de trabajo en espacios confinados.
Podrán ser impartidos por las siguientes instituciones:
- a) El Servicio Nacional de Aprendizaje – SENA
- b) Las Unidades Vocacionales de Aprendizaje (UVAE); esta formación podrá impartirse en los mismos espacios de la empresa.
- c) Instituciones de Educación Superior, Técnicas y Tecnológicas debidamente aprobadas por el Ministerio de Educación Nacional.
- d) Instituciones de Educación para el Trabajo y Desarrollo Humano autorizados por el Ministerio de Trabajo
- e) Cajas de Compensación Familiar
- f) Centros de entrenamiento autorizados por el Ministerio de Trabajo.
La formación de entrenadores debe ser impartida por un formador de entrenadores, en los centros de entrenamiento propios de cada entidad que cuenten con el ambiente para impartir dichos programas.